Los interesados en instalar y operar sistemas de micro generación fotovoltaica -µSFV- para autoabastecimiento, conectado en las redes de bajo o medio voltaje de CENTROSUR, deberán presentar los siguientes documentos:
REQUISITOS:
- Solicitud de factibilidad de conexión de acuerdo al Oficio factibilidad de conexión.
- Presentar la cédula original de identidad del propietario del inmueble.
- No tener deudas por ningún concepto con la CENTROSUR.
PROCEDIMIENTO:
- La solicitud de factibilidad de conexión será validada y aprobada por CENTROSUR con una vigencia de tres meses.
- Dentro de este plazo, se debe remitir una memoria técnica descriptiva del proyecto, que contenga los “Requisitos para Tramitar la Autorización de Conexión, Instalación y Operación de Consumidores con SFV” (Regulación Nro. ARCONEL-003/18), que se resume en el documento de Requisitos.
- Llenar “Formulario de Presentación de Solicitud a la Distribuidora” Anexo 1.
- Llenar “Formulario para Solicitar la Autorización para la Instalación, Operación y Suscripción del Contrato de Suministro” Anexo 3.
- CENTROSUR, luego de aprobar el estudio, emitirá la autorización de conexión del µSFV, y solicitará a la ARCERNNR la autorización para la instalación y operación como consumidor con µSFV.
- Con la autorización de la ARCERNNR , el interesado instalará el µSFV en función del cronograma establecido y comunicará a CENTROSUR para que proceda con las pruebas y el cambio del sistema de medición.
- Para la operación comercial, se suscribirá un nuevo contrato de suministro con µSFV.
Nota: El estudio debe ser elaborado por un profesional autorizado por la ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería.
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