Reclamos por daños a equipos o artefactos
Información General
El trámite permite a personas naturales o jurídicas presentar reclamos por daños de equipos o artefactos que se hayan producido en su inmueble y que sean atribuibles a la Empresa Eléctrica CENTROSUR.
El trámite puede ser realizado por el cliente o por terceras personas cumpliendo con los requisitos establecidos.
Dónde se puede realizar el trámite
- En Línea a través del Portal Ciudadano https://portalcs.centrosur.gob.ec/servicios o APP “CentroSur”, que puede ser descargada desde Play Store o App Store.
- Presencial en las oficinas y Agencias Centrosur. Horario de atención en oficina matriz: lunes a viernes de 7H30 a 16H30, dirección: Av. Max Uhle y Pumapungo. Accede a la agencia más cercana, consulta las direcciones en el siguiente enlace: https://www.centrosur.gob.ec/direccion-de-agencias
- Telefónico, llamando al número 136, disponible las 24 horas los 365 días del año
- Correo electrónico, a través de servicios.info@centrosur.gob.ec
Para consultas puedes marcar a nuestro Call Center: 136, o a través de nuestro agente virtual en WhatsApp: 0961203354
Requisitos
Obligatorios:
Realizar el reclamo dentro de 30 días de ocurrido el daño para clientes en bajo voltaje y 60 días de ocurrido el daño para clientes en medio voltaje.
- Conocer el número de “Cuenta Contrato”, disponible en la planilla de pago
- Disponer de la información referente a: lugar, fecha y hora, así como los equipos dañados, producto del evento.
- Información de contacto (número de teléfono convencional o celular y correo electrónico).
- Para la atención de este tipo de reclamos el consumidor debe estar al día en los pagos.
Si el trámite es presentado por terceras personas, los requisitos son los mismos, al igual que para personas Ecuatorianas o extranjeras, naturales o jurídicas.
Especiales:
No incurrir en las condiciones para la no atención, contempladas en los literales a y b del numeral 12.3 de la Regulación Nro ARCERNNR 004/23
Procedimiento

Reclamo En Línea:
- Ingresar en el portal web: https://portalcs.centrosur.gob.ec o APP “CentroSur”
- Seleccionar la opción “Servicios en línea”
- Seleccionar la opción “Reclamos y solicitudes”
- Seleccionar “Nuevo reclamo” y escoger la opción “Daños de equipos”.
- Completar el formulario con la información solicitada
Reclamo Presencial:
El cliente se acercará a la agencia más cercana de CENTROSUR y realizará los siguientes pasos:
- Tomar un turno para “servicios al cliente”.
- Presentar los documentos indicados en los requisitos obligatorios
- Luego de cumplir los requisitos, recibirás personalmente el número de reclamo y te llegará al correo electrónico el formulario de apertura de reclamo con los datos entregados.
Reclamo vía Telefónica:
- Llamar telefónicamente a la CENTROSUR al número 136.
- Indicar la cuenta contrato para registro del reclamo y recepción de la información requerida.
- Luego de cumplir los requisitos, recibirás el número de reclamo telefónicamente y adicional te llegará al correo electrónico el formulario de apertura de reclamo con los datos entregados.
Reclamo vía Correo Electrónico:
El cliente enviará un correo electrónico a servicios.info@centrosur.gob.ec, con los siguientes datos:
- El interesado enviará un correo electrónico con los siguientes datos:
- Asunto: ” reclamos por daño en artefactos eléctricos”
- Texto de correo: “Número de cuenta contrato”
- Contacto: “Número de teléfono convencional, celular y correo electrónico”
- Persona de contacto: “Nombres y Apellidos”.
- Luego de cumplir los requisitos, recibirás al correo electrónico el formulario con el número de reclamo y datos del cliente.
SEGUIMIENTO AL TRÁMITE DE RECLAMO.
1. El seguimiento de tu trámite lo podrás hacer con el número de reclamo a través de: contacto telefónico 136, mensaje de texto (WhatsApp: 0961203354) o correo electrónico.
Recibirás la llamada telefónica de parte de un funcionario de CENTROSUR, para acordar el día y hora de la inspección en sitio, para la verificación de los equipos averiados en el domicilio.
El Inspector en sitio:
- Verificará el funcionamiento de los equipos reportados como dañados.
- Registrará la información (descripción, serie, modelo, marca) y genera adicionalmente un archivo fotográfico de los equipos inspeccionados.
- Verificará la existencia y conexión de la puesta a tierra en el medidor del inmueble (para los clientes con medidor instalado a partir de noviembre de 2018 este requisito no es obligatorio; debido a la promulgación de la regulación ARCONEL 004/18, reemplazada por la regulación ARCONEL 001/20 codificada).
- Se resalta que el usuario no debe incurrir dentro de los aspectos contemplados en el numeral 12.3 de la Regulación ARCERNNR 004/23, particularmente en lo referente a: “a.7) Si el consumidor no tiene instalados elementos de protección, seccionamiento y puesta a tierra conforme los requerimientos técnicos establecidos en las especificaciones de los equipos y/o las instalaciones requeridas para su conexión“.
3. Recibirás mediante correo electrónico la resolución del reclamo, si es procedente deberá llevar los artefactos averiados a un taller calificado; en el correo electrónico se adjunta el detalle de los talleres calificados.
4. El cliente deberá entregar las facturas originales del arreglo de los artefactos reportados como averiados y llenar un formulario indicando los datos de la cuenta bancaria donde requiere se le depositen los valores en los que incurrió.
5. Los valores serán transferidos a la cuenta indicada en un plazo no mayor a 15 días.
6. En caso que no sea procedente el reclamo recibirá en primera instancia un correo electrónico con la causa de la negación. Así mismo, recibirá información que le permite al reclamante, en caso no esté a conformidad con la resolución de primera instancia dada por la Empresa Eléctrica, interponer ante la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) una resolución de 2da. Instancia.
VIGENCIA:
El trámite tiene vigencia hasta que es atendido, favorablemente o negado con la justificación pertinente.
De ser procedente el reclamo, el cliente deberá tener presente lo que indica la Regulación ARCERNNR 004/23, en su numeral 12.5.: “Dentro de un término de hasta treinta (30) días, contados partir del siguiente día de la notificación de la orden para la revisión, el consumidor deberá llevar el equipo o artefacto dañado a la revisión; caso contrario la empresa eléctrica distribuidora se eximirá de responsabilidad y dará por concluido el trámite en esta instancia…”
Tiempo Máximo de Respuesta
2 días, a partir que presenta el reclamo para coordinar la inspección.
2 días, luego de la inspección para dar una resolución de reclamo.
Costo del Trámite
El trámite no tiene costo
Formatos y Anexos
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Contactos para Atención Ciudadana
- Teléfono/ Call Center: 136
- Chat Bot o WhatsApp: 0961203354
- Quejas y denuncias: https://www.centrosur.gob.ec/denuncias/
