De acuerdo a LA LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES, CENTROSUR otorgará el beneficio de la tarifa, al discapacitado o su representante legal, en un 50% del valor normal, hasta por un monto similar al 50% del salario unificado del trabajador privado en general.
Este beneficio será para el discapacitado directamente, o para familiares hasta en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en cuyo domicilio habite el discapacitado.
La tarifa de Discapacidad será aplicable a un solo servicio (medidor), por usuario o por pareja conyugal.
REQUISITOS:
• Presentar la cédula del titular del servicio.
• Cédula de la persona con discapacidad
• Presentar el carnet de CONADIS con discapacidad mayor o igual al 30%.
• No poseer deudas pendientes en ninguna cuenta contrato con la CENTROSUR.
El trámite debe realizarlo personalmente el titular del servicio, para la firma del contrato de rebaja.